ATENCIÓN: ¿Cuándo un voto se considera nulo, en blanco o impugnado?

A horas de las PASO, en esta nota te mostramos cuales son las cosas que podrían anular tu voto.



Entre votos blancos y nulos, durante las PASO se registraron 1.110.205, lo que representa el 5,25 por ciento del total de sufragios. Los votos en blancos fueron 877.611 (4,15%) y nulos, 232.594 (1,1%).

El porcentaje mayor se dio en la provincia de Chubut, con el 19,89% (49.468 blancos y 6038 nulos). Hoy a cinco días de las elecciones generales, desde la Cámara Electoral Nacional destacan las principales consideraciones para tener en cuenta al momento del sufragio.

¿Cuándo es un voto impugnado? Se da cuando el suplente y fiscales consideran que el votante no es el titular del documento cívico que presenta. Se coloca en un sobre especial, que además debe contener un formulario donde conste el nombre, apellido, número y clase de documento cívico y año de nacimiento del ciudadano cuyo voto ha sido impugnado, junto con su impresión dígito pulgar.

El voto impugnado es de carácter transitorio. En el momento de realizarse el escrutinio definitivo en la Junta Electoral Nacional, el Juez Electoral, se coteja y si resulta probada, el voto no será tenido en cuenta en el cómputo; si resultare probada, el voto será computado, y clasificado como válido, nulo o blanco.

¿Cuándo es un voto nulo? Se trata del voto emitido mediante una boleta no oficializada o que contiene defectos formales suficientes como para anular la opción. Se emite con inscripciones o imágenes inadecuadas, o se incluyen objetos extraños (moneda, estampitas, etc.)

También cuando se emite con boleta oficializada que contiene inscripciones so leyendas de cualquier tipo, salvo en el caso de tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones en que se considera valido

¿Cuándo es un voto en blanco? Se considera como tal cuando el sobre esta vacío o contiene un trozo de papel de cualquier color, sin suscripción alguna. Cuando en el sobre falta un cuerpo de boleta correspondiente a una categoría, se considera voto en blanco solo para esa categoría

¿Cuándo un voto es recurrido? Es aquel cuya validez o nulidad es cuestionada en el momento del escrutinio en la mesa por uno o más fiscales, quienes deben fundamentarlo con una expresión concreta de las causas.

Asentarán los motivos en un formulario especial provisto por la justicia nacional electoral, que debería ser firmado por los fiscales, se adjuntará a la boleta y al respectivo sobre.
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