El transporte público sufre la indiferencia del Estado

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Colectivos llenos
Colectivos llenos
Las quejas de los usuarios se escuchan a diario. A nivel nacional nos asustan los impactantes accidentes por transportes en mal estado, y a nivel local aunque alegremente todavía no nos tocó la misma mala suerte, es necesario revisar el estado de nuestro transporte público.



El transporte público en San Juan es cada vez más negligente y la que tiene que pagar los caros costos de su desastroso servicio es la sociedad. Las líneas exceden la capacidad máxima (a veces los móviles de algunas líneas  llegan a transportar hasta 115 personas), los colectivos se caen a pedazos (asientos rotos, ventanillas trisadas) y el boleto está  entre uno de los más caros del país, sumado a las infracciones constantes de muchos choferes. Son pocas las empresas que invierten en mantenimiento seguro.

Que los colectivos no cumplan con la reglamentación adecuada y no brinden el servicio correspondiente responde a la falta de control del Estado sobre las empresas de ómnibus, que debería cumplir con sus obligaciones legales y morales con respecto a la regulación de los servicios públicos.

Lo público no puede alejarse del Estado, porque le pertenece. Toda empresa privada que brinde servicios públicos como las empresas de colectivos, tiene que tener el aval y control por parte de aquel. Con más razón luego de la Ley de Reforma del Estado (N° 23.696) y la Ley de Emergencia Económica (N° 23.697) que redefinió el papel del aparato estatal convirtiéndolo en diseñador de políticas públicas, regulador de los servicios públicos y controlador del cumplimiento de las regulaciones.

Ante la tercerización de los servicios públicos fueron designados en la década de los noventa los respectivos entes reguladores cuya función es precisamente garantizar una interacción justa entre las empresas y los usuarios. En Argentina, la CNRT (Comisión Nacional Reguladora de Transporte) es el organismo asignado por el Estado para controlar la calidad del servicio en cada una de las provincias, por lo que debería incentivar la eficiencia de las empresas prestadoras y buscando establecer tarifas justas.

Esto en función de los derechos del consumidor, otro motivo por el cual el aparato estatal debe intervenir.  Según su Artículo 5° la Ley de Defensa del Consumidor establece que “las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados de forma tal que (…) no presente peligro alguna para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios”.

Además de ser este un derecho fundamental, también adjudica la responsabilidad del control y juicio al Estado, en su artículo 45°afirmando que “La autoridad nacional de aplicación iniciará actuaciones administrativas en caso de presuntas infracciones a las disposiciones de esta ley (…) de oficio o por denuncia de quien invocare un interés particular o actuare en defensa del interés general de los consumidores“. También explica claramente esta ley en su artículo 17° que si bien el organismo encargado de sancionar tiene su sede en Buenos Aires, “podrá actuar, constituirse, sesionar en cualquier lugar de la República mediante delegados (…)” designados por el Tribunal Nacional de Defensa como organismo autónomo en el ámbito del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de la Nación.

Además, desde la crisis económica que sufrió el país en 2001, el sector de transporte público sufrió un fuerte quiebre, por lo que el Estado desde aquel momento comenzó a subsidiarlo, por supuesto y supuestamente, en beneficio tanto de empresarios y empleados como de los mismos consumidores. Este papel participativo convierte al aparato estatal con más razón en co – responsable de las condiciones del transporte público.

No puede conformarse el Estado con simplemente aliviar los gastos de las empresas de ómnibus con subsidios. Esto no sirve de nada si no participa activamente en el cumplimiento de las reglas del juego, ya que esta es su obligación por ley y le corresponde cumplirla como ente fundamental regulador del bienestar social.
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