Uso de chaleco refractario: La Justicia no recibió actas de infracción

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Hace unos meses entró en vigencia la Ley 8356 en San Juan, que exige el uso de chaleco o bandolera refractarios para motociclistas y ciclistas que transiten en horarios nocturnos. La pregunta entonces, gira en torno al cumplimiento efectivo de esta norma. El Juez de Faltas Ricardo Grossi Colombo, aseguró que “no entraron actas de infracción en su Juzgado”.

Según el Juez Grossi Colombo, su juzgado no recibió actas de infracción por la Ley 8356.

 

Si bien en las calles se puede apreciar que mucha gente hace uso del elemento refractario, unos cuantos aún no reflexionan sobre su importancia. Grossi Colombo, sin embargo, aseguró que “es posible que en los otros juzgados de turno hayan tenido alguna infracción”, pero él aún no recibe ningún acta.

“Yo que circulo mucho a pie en la ciudad, veo motos y bicicletas con chalecos y bandoleras, pero muchos no la llevan. Es obligatorio”, señaló el Magistrado, a la vez que manifestó la necesidad de generar nuevas campañas de prevención y enfatizar en la vigencia de la Ley.

“Hay una mala educación vial. Debe tratarse desde la casa principalmente, y después desde la escuela con programas serios de educación vial”, dijo, y agregó que “se hicieron pero se dejaron de hacer. No sé si está como currícula. Debería serlo. Lo que uno aprende de chiquito no se lo olvida nunca más”.

¿Cuándo es obligatorio el uso de chaleco o banda refractarios? Desde el 21 de marzo al 20 de septiembre, en horario de 18.00 horas a 9.00 horas. Desde el 21 de septiembre al 20 de marzo, desde las 20.00 horas hasta las 7.00 horas. Claro que estos horarios tienen que ver con las estaciones, de acuerdo a las horas de cada época del año.

Además, cabe resaltar que el uso de este elemento es obligatorio tanto para el conductor, como para el acompañante.

Aunque los chalecos y bandoleras son baratos y accesibles, “cuando no hay posibilidades de compra, si usted tiene algo que refracta y se ve de lejos podría ser lo mismo”, aseguró Grossi.

“Es muy necesario. El accidente de moto y bicicleta de noche es una cosa seria, sobre todo en San Juan donde hay gran cantidad de motos y bicicletas”, agregó.

Al respecto de las sanciones ante el incumplimiento, el Juez de Faltas explicó que la Ley no prevé radiación del vehículo, sino que se multa directamente al conductor que cometió la falta.

¿En qué consiste la multa? “La ley fija como todo materia de tránsito, una unidad fija, que se determina en valor de precio de nafta especial del ACA. Ante el incumplimiento la multa es entre 50 y 100 unidades fijas”, indicó el Juez.

En relación a la labor policial al respecto de las multas, Grossi Colombo aseguró que “la policía está trabajando muy bien, me piden talonarios de actas y trabajan mucho”. Sin embargo, añadió que “somos pueblo de botella, si damos 60 talonarios con 25 infracciones cada uno, acá trabajamos 10 personas”. El problema de siempre.

Por otro lado, el Magistrado enumeró las infracciones de tránsito más frecuentes: estacionar en línea amarilla, pasar semáforos en rojo, doblar en lugares prohibidos, circular sin luces, a velocidades no permitidas o no llevar documentación correspondiente. Además, “sigue vigente el tema de los vidrios polarizados con películas”.

“Si soy policía y viene un auto con vidrios negros tengo que pararlo y hacerle la falta. No puede circular con ese vidrio. Somos todos iguales ante la ley, así sea funcionario hay que hacerle el recargo”, sostuvo Grossi, a la vez que indicó que el polarizado de fábrica sí está permitido.

Finalmente, el Juez de Faltas aseguró que “las sanciones no bajaron, bajó la del cinturón, que la gente se concientizó por los accidentes”. Además, “las infracciones siguen iguales y reincidencia tenemos muchísimo”, concluyó.

 

 
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