AFIP lanza importante moratoria

Economía
De la misma podrán participar quienes tengan deudas impositivas hasta el 31 de mayo. Prevé una tasa de interés del 1,9% mensual.

Oportunidad. Quienes se sumen a la moratoria de la AFIP no podrán despedir personal.

Fuente: La Nación

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha hoy el nuevo plan de facilidades de pago para aquellos contribuyentes que tengan deudas impositivas vencidas al 31 de marzo pasado. La moratoria fue presentada la semana pasada por el ministro de Economía, Axel Kicillof, y el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray. Prevé plazos de hasta 24 cuotas y una tasa de interés del 1,9% mensual. Además, el organismo tributario formalizó la ampliación del régimen de facilidades de pago para deuda corriente. Ambas medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial.

¿Cómo sumarse?

El plazo para la adhesión al plan de facilidades de pago concluirá en la semana que va del 25 al 29 de agosto próximo, según la terminación del CUIT de cada contribuyente, y el pago de cada cuota será mediante débito directo en cuenta bancaria.

Para sumarse a este régimen, los deudores deberán cancelar o regularizar todas las obligaciones que venzan desde el 1 de abril hasta la última fecha prevista en el plan, es decir el 29 de agosto. Además, los adherentes no podrán reducir la nómina de empleados mientras se encuentren dentro del período de cancelación de deuda. Según establece la norma, el plan de pago tendrá un máximo de 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, que deberán ser igual o superior a $150, y una tasa de interés mensual de 1,9%mensual.

Planes para deuda corriente

Por otra parte, el Gobierno oficializó la ampliación del monto de facturación anual para los adherentes. A través de la resolución 3631, que modifica la 3516, se establece un régimen de facilidades de pago destinado a cancelar obligaciones de empleadores cuyos montos de ventas o ingresos brutos anuales sean inferiores o iguales a $ 50.000.000, con la excepción de que se trate "de locaciones y/o prestaciones de servicios", en cuyo caso los montos deberán ser inferiores o iguales a $30.000.000.

Al igual que lo establecido en la resolución 3630, es condición que los empleadores mantengan los puestos de trabajo registrados en la declaración jurada de marzo. Los sistemas operativos estarán disponibles desde el 6 de junio para el caso de los planes de deuda corriente, y a partir del 16 de junio para el plan de deuda vencida al 31 de marzo de 2014. De acuerdo con la AFIP, el beneficio fiscal alcanzaría a 1,2 millones de contribuyentes.
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