La decisión fue publicada hoy a través del Boletín Oficial, con las firmas del mandatario Javier Milei y del jefe de Gabinete, Nicolás Posse.
Para Tomas "no quedan dudas" de que Gioja puede ir por otro período
Política
El Diputado nacional explicó que la última enmienda constitucional no indica lo contrario, ni tampoco ningún artículo de la Constitución provincial. "Es así, no hay ninguna cuestión de interpretación", adujo.
Las declaraciones de José Luis Gioja en radio Del Plata abriendo la posibilidad a un cuarto mandato consecutivo, pusieron una vez más en el ojo de la polémica la interpretación de la Constitución provincial enmendada en 2011 para que el propio Gobernador se pudiera presentar a las elecciones en aquella oportunidad.
Para el diputado nacional del oficialismo Daniel Tomas, lo que hizo Gioja en las declaraciones "fue aclarar qué dice la Constitución".
"Nosotros no tenemos dudas (de que Gioja puede presentarse por cuarta vez consecutiva). La Constitución decía un período de cuatro años con una reelección, y hoy dice un período de cuatro años con hasta dos reelecciones sin ninguna cláusula transitoria que diga desde cuándo se considera esto. No lo dice ni la enmienda ni la Constitución en ninguna parte. Esto está claro, no es una interpretación. Y si por ahí alguien plantea que esto tiene que ver con la Corte Suprema, se equivocará porque la Constitución nacional dice que las cuestiones electorales dependen de la provincia", afirmó Tomas.
Las declaraciones de José Luis Gioja en radio Del Plata abriendo la posibilidad a un cuarto mandato consecutivo, pusieron una vez más en el ojo de la polémica la interpretación de la Constitución provincial enmendada en 2011 para que el propio Gobernador se pudiera presentar a las elecciones en aquella oportunidad.
Para el diputado nacional del oficialismo Daniel Tomas, lo que hizo Gioja en las declaraciones "fue aclarar qué dice la Constitución".
"Nosotros no tenemos dudas (de que Gioja puede presentarse por cuarta vez consecutiva). La Constitución decía un período de cuatro años con una reelección, y hoy dice un período de cuatro años con hasta dos reelecciones sin ninguna cláusula transitoria que diga desde cuándo se considera esto. No lo dice ni la enmienda ni la Constitución en ninguna parte. Esto está claro, no es una interpretación. Y si por ahí alguien plantea que esto tiene que ver con la Corte Suprema, se equivocará porque la Constitución nacional dice que las cuestiones electorales dependen de la provincia", afirmó Tomas.
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