La Justicia le puso un freno a Facebook por recabar datos personales

Tecno
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El tribunal de primera instancia de Bruselas ordenó a Facebook que, con un plazo de 48 horas, deje de recolectar los datos personales de los internautas que no están registrados en esa red social, pero que visitan sus páginas.








 

La corte instó a Facebook a dejar de "tratar en secreto" estos datos para su rastreo y el uso de cookies (programas que registran la navegación en internet) sin el consentimiento de los usuarios, informó el diario Le Soir. La sentencia sólo concierne a las personas que, sin poseer una cuenta en Facebook, navegaron en la página de inicio de la red social o en la del perfil de un amigo o de una empresa.
Las personas que están registradas en la red social sí dieron su consentimiento para que la compañía utilice su información personal.

Si no cumple esa decisión judicial en un plazo de 48 horas, la empresa estadounidense deberá hacer frente a una multa de 250.000 euros diarios, sin que le afecte la posibilidad de recurso. Le Soir subraya que, mediante esta sentencia, "se creó un precedente" en cuanto a que las comisiones por la privacidad en cada país de la Unión Europea podrá abrir un procedimiento similar ante su tribunal de primera instancia.

El pasado 10 de abril la compañía dirigida por Mark Zuckerberg reconoció haber rastreado por error a internautas ajenos a la red social, debido a un "fallo" que provocaba el emplazamiento de "cookies" en páginas web. El origen del asunto se remonta a noviembre de 2014, cuando Facebook anunció su intención de revisar, entre otras, su política de datos y de cookies.

En respuesta a una oleada de preguntas remitidas tanto por los usuarios como por el Parlamento federal belga o el secretario de Estado de Protección de la Vida Privada, la Comisión correspondiente contactó en enero pasado a la empresa para informarle de que quería verificar el alcance de esas modificaciones.

Facebook, por su parte, sigue manteniendo que es su sede en Irlanda la que debe ser considerada responsable del tratamiento de los datos, de manera que sólo considera competente a la autoridad de vigilancia del Estado miembro en el que está establecida la empresa (en este caso, la irlandesa).

 

Fuente: Minuto Uno.-
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