Desde hoy los monitores urbanos pueden labrar multas

monitor urbano
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Se puso en vigencia la ordenanza que se les otorga esa responsabilidad en Capital, antes solo podían realizar advertencias.


Los Monitores Urbanos podrán labrar actas de infracción para los automovilistas que violen las normas de tránsito, así lo indica la ordenanza  7783/04 en los siguientes artículos.


Artículo 154: Espacio reservado, Doble fila, en vereda, Carga y descarga, ascenso y descenso de enfermo, Parada de colectivo, Parada de taxi, Ascenso y descenso de escolares, Ascenso y descenso pasajeros de hotel, Inc demarcada de calzada, Obstrucción rampa discapacitados, Obstrucción senda peatonal, Garaje, sentido invertido de circunvalación, costado izquierdo, fuera de box, no pago de estacionamiento y estacionamiento vencido.


Artículo 155: Moto estacionada indebidamente


Artículo 156: Ingreso circulación carga y descarga


Artículo 158: Abandono de vehículos


Artículo 166: Lavado y otras actividades prohibidas
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