AFIP: extienden plazo para devolución de impuestos por compra de dólares

LIB131015-010F01
LIB131015-010F01
La devolución del 35% por compras con tarjeta y el 20% por el dólar ahorro se podrá recibir en cuotas desde febrero. Estiman que se van a pagar alrededor de $217 millones de pesos.





El pedido de devolución de los recargos del 20 y 35% por las compras de dólares ahorro y gastos en moneda extranjera con tarjeta de crédito realizadas entre 2012 y 2014 no tiene fecha de vencimiento. “Se puede reclamar en cualquier momento y la devolución del dinero se hará al mes siguiente”, explicó el director de fiscalización de la AFIP Sergio Rufail.

Con esta aclaración, la AFIP salió a responder a la avalancha de gente no alcanzada ni por Ganancias ni Bienes Personales que está yendo a delegaciones del organismo por creer que el trámite vence el 31 de enero. “No hay vencimiento”, insistió Rufail.

La devolución arranca en febrero como máximo en seis cuotas de hasta $ 6.000. Los que tienen deudas con la AFIP, por ejemplo, por cuotas del monotributo previamente deben cancelar esa deuda y después se le acreditará lo retenido.

De todos modos, una condición para comenzar el reclamo es que el contribuyente tenga CUIT y ese trámite se realiza personalmente en la AFIP que corresponde al domicilio, con documento de identidad y dos constancias de domicilio.

Otros dos requisitos son registrar la clave fiscal y los datos biométricos (fotos, huella dactilar) que se pueden completar en cualquier agencia o en los espacios AFIP.

El resto del trámite se realiza por Internet, accediendo por la web al servicio “Declaración de CBU ((clave bancaria uniforme) para cobros de origen tributario, aduanero y de seguridad social”. Y luego a “mis aplicaciones web” para llenar el formulario F746/A de “Devoluciones y Transferencias”.

Rufail también dijo que se registre en la página de la AFIP el número de CBU para que el organismo pueda acreditar los fondos en la cuenta bancaria. Y que registren un “domicilio fiscal electrónico” para recibir la información sobre el estado del trámite y la fecha de devolución de lo reclamado.

El funcionario también aclaró que los empleados en relación de dependencia alcanzados por Ganancias no tienen que concurrir a las delegaciones de la AFIP para incorporar lo retenido durante 2015 a fin que las empresas les retengan menos Ganancias.

Ese trámite, que sí vence el próximo 31 de enero, se realiza por internet con clave fiscal.

Fuente: diario26.com
Lo más visto