Ley Antitabaco en San Juan: Las multas por fumar en boliches van entre $5.000 y $10.000

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FOTO GENERICA LEY TABACO / FUMAR EN BARES
FOTO GENERICA LEY TABACO / FUMAR EN BARES
El licenciado Federico Osollo, titular de saneamiento en Salud Pública, manifestó: “El señor ministro nos ha pedido que implantemos la ley para evitar que se fume dentro de las confiterías, confiterías bailables y resto bar”.

“La ley, que es la adhesión a la ley nacional antitabaco, especifica en el artículo 23 que la responsabilidad es del propietario a intimar a la personas que deje de fumar. De existir la negativa del mismo, el titular le va a pedir que se retire, se le va a negar el servicio, no se le va a suministrar ningún tipo de bebidas. Si se sigue resistiendo se va a recurrir a la fuerza pública para sacarlo del local” explicó el Titular de Saneamiento.

Sobre la planificación del lugar: “El sector fumador debe estar separado del resto del negocio. Nosotros tenemos los inspectores que son los que van a haber las habilitaciones. Lo importante es que nos tiene que ayudar la gente  y autoridades policiales. Sabemos que todos los negocios tiene la obligación de tener gente que custodia el negocio, y esta gente debe estar preparada para que estas mismas personas saquen a la gente que está fumando”.

Además aclaró: “La multa se le cobra a la persona que está fumando y la persona que no hizo lo que tenía que hacer, que es requerirá la policía que los que de su negocio. Las multas se trasmitan en el juzgado de faltas”.

En cuanto a los dueños de los lugares: “Hay un problema legal de interpretar el artículo 23, ya que si bien el dueño es responsable de que no fume, hay fuentes que interpretan que no podemos hacerle el acta de infracción al propietario pero si a quien está fumando. A pedido del señor ministro de Salud, quiere que no se fume en lugares cerrados y me parece una cosa lógica. En este caso particular, una vez que se haga el acta de infracción tendremos que ver que dicen los señores jueces” aseguró Osollo.

El costo de la multa “es de $5.000 a $10.000. Sabemos que es una cuestión difícil, pero en principio el ministro nos ha pedido que actuemos con esto y lo primero que hemos hecho es difundir que se va a aplicar la ley como corresponde”.

Además deben tener los carteles de prohibido fumar:  “Todos los negocios tienen que tener los carteles bien visibles, donde se pide no fumar. Deben estar en el ingreso del negocio, adentro, que sean bien visibles y que se aplique el artículo que prohíbe fumar en todos los lugares que se encuentren cerrados. Sino deben tener un lugar específico, sea al aire libre o cerrado con extractores de humo”.

Al finalizar aseguró: “Vamos a tratar de implementar la ley provincial que hace dos años no se reglamentó por el problema de que se pedía que la infracción se debía hacer al dueño del negocio, porque él tiene que velar para que esta persona deje de fumar en el negocio. Tenemos que darnos una mano entre todos, tenemos que ser respetuosos de la gente que no quiere fumar y la que quiere fumar lo haga donde corresponda.”
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