Se acabaron las vacaciones de invierno en el Poder Judicial de San Juan

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reglamento feria de invierno (1)
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Jueces, fiscales y empleados deberán presentar un plan de trabajo para desarrollar en el "receso". Además, la licencia por vacaciones se la deberán tomar sí o sí en el verano. 






Mediante la Acordada Nª 92, la cual lleva la firma de los cinco cortistas y del fiscal general, la Corte de Justicia reglamentó la feria de invierno, de verano y las licencias por vacaciones.

En el artículo 1 se reguló que la feria de enero “tiene por finalidad el descanso”. Mientras que en el artículo 2 regula “el receso en la feria de invierno” en la cual los funcionarios que no estén en turno deberán presentar un plan de trabajo en el que detallen cómo seguirán sus tareas para ponerse al día con las causas.

Además, en el artículo 6 se determina que “los periodos de licencias por vacaciones no son acumulables”.

El documento completo:








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