Sucedió en el Médano de Oro. La víctima tenía 37 años.
Niegan el permiso de poda de plátanos en Zonda
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Después de la tala indiscriminada que el Municipio de la Cpaital realizó en la Peatonal, la Secretaría de ambiente negó un permiso de poda de plátanos.
La Dirección de Arbolado Público de la Secretaría de Ambiente denegó el permiso de poda de ramas de plátanos ubicados en calle 9 de Julio en el departamento Zonda.
La solicitud del mismo había sido realizada por el área ambiental del municipio de Zonda el último viernes 28 de septiembre, por ello el equipo de técnicos especialistas acudió al lugar a realizar las observaciones y el informe correspondiente.
Como resultado, la Dirección de Arbolado Público determinó que no será otorgado el permiso debido al gran daño ambiental que provocaría una poda de esas características. La decisión fue respaldada por la legislación ambiental vigente (824, 285 y 946-L) en la que se establece que en caso de obra pública la Dirección puede solicitar cambio de traza o evaluación de tal posibilidad.
La medida fue resultado de la evaluación de los cortes que se harían en los ejemplares arbóreos. Este tipo de corte de ramas primarias, en la bifurcación del fuste provocaría un importante desequilibrio del árbol, el cercenamiento del 50% del mismo, generando su debilitamiento; además, el corte impediría la correcta cicatrización, de este modo por la herida ingresarían enfermedades que podrían conllevar a la pérdida total del forestal, ya sea por caída o secamiento.
NOTA RELACIONADA:
https://www.diariomovil.info/2018/09/28/por-orden-judicial-no-podran-continuar-con-la-tala-de-arboles-en-la-peatonal/
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La solicitud del mismo había sido realizada por el área ambiental del municipio de Zonda el último viernes 28 de septiembre, por ello el equipo de técnicos especialistas acudió al lugar a realizar las observaciones y el informe correspondiente.
Como resultado, la Dirección de Arbolado Público determinó que no será otorgado el permiso debido al gran daño ambiental que provocaría una poda de esas características. La decisión fue respaldada por la legislación ambiental vigente (824, 285 y 946-L) en la que se establece que en caso de obra pública la Dirección puede solicitar cambio de traza o evaluación de tal posibilidad.
La medida fue resultado de la evaluación de los cortes que se harían en los ejemplares arbóreos. Este tipo de corte de ramas primarias, en la bifurcación del fuste provocaría un importante desequilibrio del árbol, el cercenamiento del 50% del mismo, generando su debilitamiento; además, el corte impediría la correcta cicatrización, de este modo por la herida ingresarían enfermedades que podrían conllevar a la pérdida total del forestal, ya sea por caída o secamiento.
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