Una mujer que ABORTE podría recibir hasta TRES AÑOS de PRISIÓN

La iniciativa presentada esta semana por el Gobierno sigue sosteniendo que la interrupción voluntaria del embarazo es un delito. Los jueces podrán eximir o suspender la pena hacia la mujer. Se agregan penalidades para aquellos que dañen al feto.

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Foto exclusiva de Leandro López para DIARIO MÓVIL

El anteproyecto que presentó el Gobierno para reformar el Código Penal propuso pocos cambios con respecto a la normativa vigente -desde 1921- sobre la interrupción voluntaria del embarazo y generó un gran preocupación en referentes de los movimientos de mujeres, que esperaban más avances con respecto a los artículos vinculados con las penas.

El documento penaliza el aborto, y las excepciones siguen siendo las mismas: si la práctica se realiza "con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud física o mental de la madre", o "si el embarazo proviene de un abuso sexual".

Sin embargo, hay algunas modificaciones técnicas. A diferencia de la norma actual, se deja de hablar de salud como un concepto integral y se la delimita al campo "físico y mental" de la mujer.

Con respecto a la segunda excepción que habilita a un médico a practicar un aborto, la Dra. Anabella Castillo, del estudio de abogados Pérez Chada, detalló en diálogo con TN.com.ar que se incorpora de manera normativa la jurisprudencia de la Corte Suprema sobre el caso FAL, ya que se deja de limitar la práctica a "una mujer con alguna discapacidad mental". "Ahora se utiliza el término abuso sexual en sentido amplio. No solo va en armonía con este proyecto, sino también con las modificaciones ya introducidas por la Ley 27.352/2017", explicó la letrada.


Foto exclusiva de Leandro López para DIARIO MÓVIL

A su vez, Castillo remarcó que este concepto más abarcativo "cristaliza" la interpretación del fallo de la Corte. "Simplifica sin duda su exégesis a la hora de aplicarla y evita arbitrariedades", argumentó a este medio.El artículo que sí cambia es el 87, en donde el anteproyecto plantea una pena de uno a tres años de prisión al que "con violencia causare un aborto sin haberse representado esa consecuencia, si el estado de la mujer fuere notorio o le constare". Y establece una condena de seis meses a dos años al que "causare un aborto por imprudencia, negligencia o por impericia". Es decir, crea una nueva figura culposa para el profesional de la salud.

Otra de las modificaciones aparece en el artículo 88, en donde se baja la pena para la mujer y se agrega la potestad del juez que intervenga en el caso. Con esta reforma del Código, la condena se reduce a una escala de uno a tres años, algo que permite que sea un delito excarcelable. A su vez, señala que el magistrado puede eximirla o dejarla en suspenso "teniendo en cuenta los motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar pena privativa de libertad".

Para la abogada Castillo, los jueces deberán tener en cuenta "la colaboración de peritos psicológicos y psiquiatras que intervengan como auxiliares de la Justicia y ayuden a comprender las causas que llevaron a esa mujer a tomar esa decisión". "Será un nuevo camino a recorrer y en el que los magistrados irán dejando huellas a través de sus fallos", destacó la letrada.




Para la abogada especialista en familia y militante feminista Nelly Minyersky, esta modificación es un "retroceso muy grande". "Si bien baja la pena, deja en manos del juez qué puede pasar o no con la condena. No toma en cuenta la posibilidad de que el aborto se despenalice hasta la semana 14 de gestación", como lo sugiere el proyecto de ley aprobado en Diputados en junio de 2018 y finalmente rechazado por el Senado en agosto del mismo año.

A su vez, criticó la incorporación de los artículos 95 al 97 del Capítulo 3, que hablan de "las lesiones a la persona por nacer". Este anteproyecto impone penas de uno a cuatro años de prisión al que le provoque al feto "una lesión o enfermedad que perjudique gravemente su normal desarrollo o una afectación física o mental". También establece una condena de seis meses a dos años al que lo haga de manera culposa. Es decir, por imprudencia o negligencia.



Para Minyersky, este nuevo punto es algo "muy peligroso". "Está en muy pocos países. Este tipo de normativas tienen que ser muy claras", aseveró a este medio.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Reforma del Código Penal, Mariano Borinsky, aclaró en diálogo con TN.com.ar que la incorporación de las lesiones a la "persona por nacer" no está relacionada con la normativa del aborto. Y argumentó que, por el contrario de las críticas que recibieron, estos nuevos artículos "están para proteger a la madre".

En ese sentido, el juez de la Cámara Federal de Casación Penal ejemplificó con el caso de Carolina Píparo, que fue asaltada en una salidera bancaria cuando estaba embarazada y su bebé murió a raíz del ataque. "Antes este tipo de delitos no estaban tipificados, ni previstos legalmente", sostuvo a este medio. Y, a su vez, indicó que si las lesiones las produce la propia madre, no será penada.

En un escrito publicado por la Comisión de la Mujer y Comisión Derecho Penal de la Asociación de Abogados de Buenos Aires, Mujeres en Igualdad, Amnistía Internacional, Católicas por el Derecho a Decidir y Asociación de Mujeres Penalistas de Argentina cuestionaron que este anteproyecto no haya incluido artículos del proyecto de ley que presentó la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Subrayaron que los nuevos lineamientos consignados no varían sustancialmente y hasta hablaron de un retroceso.

"El anteproyecto profundiza este camino regresivo, creando más figuras penales vinculadas directamente con el aborto que hasta ahora fue siempre contemplado en su forma dolosa. Crear el delito culposo, no solo robustece el camino punitivo, sino que configura una directa amenaza a los profesionales intervinientes en las prácticas de salud", argumentaron.


Garavano: "Gils Carbó debe dar un paso al costado"

El proyecto fue presentado por el ministro de Justicia Germán Garavano el martes y se discutirá por las próximas semanas en la Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado.

"Queremos que el Congreso le haga los cambios que crea pertinentes, hay muchas cuestiones que pueden ser mejoradas. Es bueno que se debata. Esperamos que se le pueda dar media sanción este año", afirmó el funcionario.


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