CÁRCEL para padres sanjuaninos que no pagan la CUOTA ALIMENTARIA

La jueza de Paz de Capital, Alejandra Dománico se manifestó luego de un fallo novedoso en Corriente por el cual se recaratuló una causa por incumplimiento en el pago de cuota alimentaria



Después de cuatro meses sin percibir la suma de dinero acordada para la manutención del niño, una mujer demandó a su ex pareja. El juez, además del cambio de carátula, dispuso un embargo preventivo equivalente al 20% del sueldo del padre.

En diálogo con Enrique Merenda, en «El Dedo en la Llaga», la jueza sanjuanina Dománico dijo: «Este fallo lo que ha hecho es aplicar la ley». «Lamentablemente el fallo es novedoso y lo que dice es que la violencia económica, entendida a través del incumplimiento alimentario, en cualquier forma, obliga a la otra parte a recurrir a la justicia. En este fallo dice que esto constituye un modo grave de violencia de género porque pone en la espalda de la madre además de la responsabilidad del cuidado diario de sus hijos, con sus propios recursos cubrir las necesidades de ellos, como esto no siempre es suficiente limita los recursos para las propias necesidades».
«LA CUOTA ALIMENTARIA ES UNA RESPONSABILIDAD PARA PADRES Y MADRES Y QUIEN LOS CUIDA ESTÁ CUMPLIENDO DE ALGUNA MANERA,LA RESPONSABILIDAD DEL APORTE ECONÓMICO QUEDA PARA QUIEN NO VIVE CON ELLOS. POR LO GENERAL, CASI EN UN 100% LAS MUJERES RESERVAN PARA SÍ EL CUIDADO Y LO ECONÓMICO QUEDA EN NOMBRE DE LOS PADRES Y EL INCUMPLIMIENTO ES UN DELITO, CONSIDERADO VIOLENCIA FAMILIAR».

«También es violencia de género porque las madres casi siempre deben recurrir a la Justicia para que se cumpla la cuota, es violencia patrimonial y eso lo define la Ley Nacional 26.485», sostuvo Alejandra Dománico.

Dománico dijo que el fallo no afecta el vínculo entre el progenitor deudor y sus hijos porque al incumplir con la obligación económica está incumpliendo con muchos otros aspectos.
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