Congelamiento de combustibles: El Gobierno compensará a petroleras y provincias

La Secretaría de Energía compensará a petroleras y provincias a cambio de renunciar a futuros reclamos o juicios contra el Estado. Liberará $1.740 millones en subsidios y el 88% se abonará a las empresas productoras de petróleo.










Foto exclusiva de Marcos Agüero para DIARIO MÓVIL


El Gobierno transferirá $ 116,10 por barril de petróleo entregado al mercado local durante este mes a las empresas productoras y a las provincias donde esas firmas se encuentren, en una compensación por el congelamiento de precios de los combustibles decidido por 90 días en medio del nuevo crack que sufrió la economía tras las elecciones primarias.

La decisión se adoptó mediante la resolución 552 de la Secretaría de Energía, publicada hoy en el Boletín Oficial, y dice que los montos establecidos se abonarán en 88% a las empresas productoras de petróleo y 12% a las provincias en cuya jurisdicción se encuentre la concesión en la cual se haya producido el crudo.





También se determinó una transferencia a las empresas productoras de biocombustibles beneficiarias del régimen de promoción, equivalente al 6% del precio establecido por Energía para agosto último, aplicable a la producción entregada al mercado local durante septiembre.

El decreto 566, sustituido luego por el 601, estableció que las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local hasta el 13 de noviembre próximo deben ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al 9 de agosto último, aplicando un tipo de cambio de referencia de $ 46,69 por dólar, y un precio de referencia Brent de u$s 59 por barril.


La resolución de hoy establece que las empresas productoras de petróleo y de biocombustibles deberán acompañar una declaración por la que se obliguen a mantener indemne al Estado nacional por cualquier acción, reclamo administrativo, judicial, extrajudicial o arbitral, en la Argentina, en el extranjero y en el ámbito internacional, de sus accionistas o sociedades controlantes, contraladas o vinculadas, relacionadas a la aplicación de los decretos 566 y 601.

Hacienda precisó que la solicitud de las transferencias que correspondan en los términos de esta resolución deberá estar acompañada de las renuncias de las empresas productoras de petróleo y de biocombustibles, y las provincias concedentes a todo derecho, acción o reclamo administrativo, judicial, extrajudicial o arbitral, en la Argentina, en el extranjero y en el ámbito internacional, relacionados a la aplicación de los decretos 566/2019 y 601/2019.


"Para sostener el nivel de actividad y empleo y proteger al consumidor durante este período excepcional, corresponde atenuar el impacto que las medidas establecidas por los decretos 566 y 601 generaron en las empresas productoras de petróleo así como en las de biocombustibles, en razón de la mezcla obligatoria de dichos productos con los combustibles fósiles dispuesta por la ley 26.093".

Enfatizó que ante la magnitud de los recientes acontecimientos económico-financieros de público conocimiento, el Poder Ejecutivo Nacional adoptó una serie de medidas específicas necesarias para proteger a los usuarios y consumidores, en alusión a los decretos antes mencionados.
La medida se conoce después de que el petróleo subía hoy más de 10%, hasta arriba de u$s 66 por barril Brent, tras los ataques que sufrieron instalaciones petroleras de Arabia Saudita, por parte de milicias houtíes.
Lo más visto