PROHÍBEN la venta de pirotecnia y hay MULTAS para aquellos que no cumplan

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La ordenanza prohíbe todo tipo de pirotecnia para el uso personal o comercial. Los inspectores municipales sacarán multas que rondan entre los $280 a $16.800, según la infracción.






A pocos días de que se festejen las fiestas de fin de año y que se tenga como costumbre celebrar con pirotecnia que lamentablemente le hace tanto daño a personas con autismo y animales, desde la Municipalidad de Caucete informaron que hay una Ordenanza Municipal que prohíbe el uso y venta de este producto. Esta norma municipal fue prestada por la intendente Romina Rosas cuando era concejal en el 2016.

EL BASTÓN consultó al presidente del Concejo Deliberante de Caucete, Juan José Escobar sobre los detalles de la ordenanza N° 1.840-CD/16 que declara en su primer artículo al departamento como "Territorio Libre de Pirotecnia". El funcionario dijo que está basada en otros cuatro puntos que los vecinos del departamento tienen que tener en cuenta para no ser multados por los inspectores municipales.

Unos de los artículos explica que se tiene que entender por pirotecnia o artificio pirotécnico o de cohetería a todo elemento destinado a producir efectos visibles, audicibles o mecánicos. Los comúnmente denominados como cohetes, cañitas voladoras, petardos, bombas de estruendos, fuegos artificiales y cualquier otro análogos incluidos los pequeños globos aerostáticos de uso domestico que no producen ruido pero que son peligrosos por producir incendios.

El punto más importante de la norma es la prohibición en todo Caucete tanto en la utilización, tenencia, fabricación, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de los elementos de pirotecnia.

Por otro lado, habla de que la Secretaría de Hacienda es la que tiene la facultad, a través del cuerpo de inspectores, de labrar actas de infracciones por el incumplimiento de dicha ordenanza con los siguientes importes en Unidades Tributarias, que actualmente tienen un valor de $2,80 cada una.

  • Mera tenencia de pirotecnia: multa de 100 UT: $280

  • Uso o utilización de pirotecnia o su intento: multa de 200 UT: $560

  • Fabricación de pirotecnia: multa de 6000 UT: $16.800

  • Deposito, almacenamiento o transporte de pirotecnia: multa de 5000 UT: $14.000

  • Comercialización o venta mayorista o minorista en comercios establecidos legalmente: 4000 UT: $11.200

  • Comercialización o venta mayorista o minorista callejera o clandestina: multa 6000 UT: $16.800


En el caso de que los inspectores se encuentren con un punto de venta, la mercadería será decomisada sin devolución posterior. Vale recalcar, la comunidad también puede denunciar en la oficina de inspectores municipales si ven o se enteran de alguna de estas situación mencionada.

Fuente: El Bastón
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