Abril: Según el Gobierno, la inflación en San Juan fue de 1,9%

San Juan


El informe muestra que el nivel general del Índice de Precios al Consumidor de San Juan (IPCSJ), representativo del total de hogares de la provincia, registró en el mes de abril una variación de 1,9% con relación al mes anterior, acumulando en el primer cuatrimestre del año una suba de 10,9%.

Las cifras contabilizadas por el Instituto de Investigaciones y Estadísticas de San Juan, arrojaron varios números en el segundo mes de la cuarentena obligatoria dictaminada por el presidente Alberto Fernández y acatada por el Gobierno de Sergio Uñac para evitar la propagación del coronavirus.

Entre los productos que más aumentaron durante ese mes aparecen los alimentos y bebidas no alcohólicas (4,2%) y Restaurantes y hoteles (4,2%), mientras que Recreación y cultura (0,7%)y Bienes y servicios varios (0,3%) registraron las menores subas. La división que presenta una variación negativa es Comunicaciones (-11,6%), debido a la suspensión de los aumentos de las tarifas de telefonía fija, que habían entrado en vigencia en meses previos.

Además del informe se desprende que los bienes registraron un incremento de 2,7% respecto al mes anterior, mientras que los servicios registraron una caída
de 0,2%. Así, en el primer cuatrimestre del año los bienes acumularon un alza de 11,9% y losservicios de 8,0%. En términos interanuales, ambas agrupaciones se desaceleraron hasta 49,9% en el caso de los Bienes (-0,3 puntos porcentuales por debajo del mes anterior), y 38,0% en el caso de los Servicios (-4,8 puntos porcentuales por debajo del mes anterior).

Debido al aislamiento obligatorio, se utilizó el método de investigación "no presencial" para realizar el estudio.

Criterios para el relevamiento de precios no presencial
En aquellos negocios que permanecieron abiertos al público, contaban con canales
alternativos de contacto y ofrecían productos disponibles para la venta, los precios
fueron relevados a través de métodos no presenciales (consulta telefónica, por
correo electrónico, online, etc.).

En aquellos negocios que permanecieron cerrados al público, pero que ofertaron sus
productos por canales digitales: los precios fueron relevados en forma online o
telefónica.

En el caso de aquellos negocios que permanecieron cerrados al público y no
ofertaron sus productos a través de canales digitales, no se relevaron precios y,
cuando correspondió, se imputaron mediante el procedimiento habitual.

Para el caso de las tarifas y otros ítems regulados por el Estado, se consideraron
normalmente, según las resoluciones vigentes.

 
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