Sobreseyeron a Cristina y Kicillof en la causa por el dólar futuro

cristina y kicillof
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La Cámara Federal de Casación Penal sobreseyó hoy a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, al gobernador Axel Kicillof y al resto de los acusados del expediente en el que se investigan supuestas irregularidades en la compra-venta de dólar futuro







La vicepresidenta Cristina Kirchner y el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, fueron sobreseídos en la causa por el dólar futuro. La decisión fue adoptada este martes por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, a cargo de los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa. Para los jueces, debía cerrarse la investigación luego de la pericia que hicieron los peritos de la Corte Suprema diciendo que no había existido perjuicio para el Estado, según lo demostraron los balances del 2015 y 2016 del Banco Central. Y también aseguraron que las cuestiones de política económica no son judiciables.


Precisamente, hoy se cumplen cinco años de que CFK enfrentó su primera indagatoria, por esta causa, una denuncia hecha por diputados del PRO en medio del ballotage en el que ganó Mauricio Macri. Fue cuando el juez Claudio Bonadio la convocó a declarar a Comodoro Py, algo que hoy recordó La Cámpora en su cuenta de Twitter y la ex presidenta agradeció. Es la primera causa que se le cierra a Cristina Kirchner desde que volvió al poder.








Casación también dispuso remitir las actuaciones al Tribunal Oral para cesar las medidas cautelares. El fallo añade, como sucede en cada sobresemiento: “DEJAR A SALVO el buen nombre y honor del que gozaren los nombrados en este proceso”.





El 4 de marzo pasado Cristina Kirchner les habló a los jueces desde su despacho del Senado. “El doctor (Carlos) Beraldi me dijo que pida el sobreseimiento. Yo no voy a pedir ningún sobreseimiento. ¿Sabe qué, Dr. Petrone? Yo le pido que apliquen la ley y la Constitución”, dijo la vicepresidenta luego de un alegato sin juicio en donde, casi en cadena nacional, habló de lawfare y del endeudamiento en la gestión macrista con el FMI. Alli acusó de cómplice al Poder Judicial por haber abierto esta causa.




Cristina Kirchner participa en una audiencia en la causa por dólar futuro

Hoy, en este esperado fallo, los jueces Petrone y Barroetaveña hicieron un voto conjunto en donde señalaron que según las conclusiones de la pericia realizada la suscripción de los contratos futuros celebrados por el BCRA aparecía dentro de las facultades y límites impuestos por la Carta Orgánica de esa entidad. Además que todo e habría desarrollado dentro del marco legalmente previsto a la luz de los fines de estabilidad monetaria y financiera, entre otras funciones.


Por lo tanto, entendieron que no es posible atribuir responsabilidad penal respecto de ningún resultado ocasionado por un accionar legítimo y conforme a derecho y en consecuencia correspondía dictar el sobreseimiento de todas las personas imputadas. También señalaron que la maniobra que se atribuyó en autos, en definitiva, materializó la política monetaria que se pretendió llevar a cabo durante el período en cuestión y constituye, entonces, un asunto político cuyo acierto o desacierto se encuentra detraída del control jurisdiccional, al menos de aquel que a esa Cámara compete.


Según dispusieron, el examen realizado no abarca el análisis de la diligencia, oportunidad o inconveniencia de tales operaciones en el contexto en que se realizaron, ni sus eventuales resultados, ello en función de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia que indica que las razones de oportunidad, mérito o conveniencia tenidas en cuenta por los otros poderes del Estado para adoptar decisiones que le son propias no están sujetas al control judicial.





Por su parte, la jueza Figueroa también llegó a la misma conclusión en su propio voto. Allí hizo un extenso repaso de la causa en donde resaltó que en esta causa: “se encuentran imputados en autos el Presidente del BCRA en el periodo cuestionado, los Directores que integraban el Directorio del mismo, tres personas con responsabilidad en la Comisión Nacional de Valores, la entonces Presidenta de la Nación y el Ministro de Economía. Al respecto, debe decirse que resulta al menos llamativa la extensión de la imputación a funcionarios que nada tienen que ver con los hechos objetos de proceso, en razón de sus competencias funcionales”.


Y por eso la jueza resaltó: Ni los funcionarios del BCRA ni la Presidenta de la Nación Argentina y ni Ministro de Economía “son sujetos activos del delito reprochado en autos, en tanto éste sólo podría ser cometido por el Presidente del BCRA que tiene a su cargo la facultad de celebrar contratos de venta de divisas a término, sostener lo contrario implicaría la aplicación de la responsabilidad objetiva en materia penal, constitucionalmente vedado por imperio del principio de culpabilidad”.


La jueza hizo hincapié en que durante la instrucción a cargo de Bonadio la pericia contable no se había hecho. Y por eso por más que el caso ya haya pasado a Tribunal Oral Casación no puede dictar otro fallo que no sea el cierre de la causa. “El Poder Judicial en todo Estado de Derecho tiene la obligación constitucional y de derecho interno de entender y poner fin a contiendas, como en el presente caso sometido a control jurisdiccional, que se han mantenido a través del tiempo, produciendo incertidumbre entre los justiciables y creando desconcierto entre la comunidad jurídica, cuando ante la atipicidad de un delito denunciado, se persiste en continuar sometido a proceso a personas con la imposición de medidas cautelares que dañan su vida, patrimonio y honor”. Y añadieron: “la vigencia de la Constitución Nacional, la igualdad ante la ley, el respeto al debido proceso y su resolución en tiempo oportuno, son los pilares que sostienen a toda sociedad democrática y consolidan la credibilidad de la justicia”.


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