Dictaron como INSCONSTITUCIONAL el decreto de Fernández que SUSPENDIÓ las CLASES PRESENCIALES

El procurador interino, Eduardo Casal, presentó esta tarde su dictamen ante la Corte Suprema. Señaló que el DNU de Alberto Fernández no está fundamentado y que no está demostrado epidemiológicamente que la presencialidad en las escuelas afecte a la salud.








El procurador general interino de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó hoy que es inconstitucionalidad el decreto de necesidad 241 del presidente Alberto Fernández en el cuál suspendió del 19 de abril y hasta mañana las clases presenciales en el AMBA, lo que fue objetado en la justicia por el jefe de gobierno de la ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta.

Fuentes judiciales informaron a Infobae que Casal sostuvo en su dictamen, que presentó hace instancias ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el decreto no está fundamentado para tomar una medida como la suspensión de las clases que depende la ciudad de Buenos Aires por la autonomía que tiene sobre la educación como todas las provincias del país.

Las fuentes consultadas agregaron que el Procurador señaló que el gobierno nacional tiene las facultades sobre la salud en todo el país y para tomar medidas de emergencia en casos excepcionales, como lo es una pandemia, pero que deben estar fundamentadas, lo que a su criterio en este caso no ocurre.

El dictamen agrega que no está demostrado epidemiológicamente que la presencialidad en las escuelas afecte a la salud, en línea con la postura del gobierno porteño. El Ejecutivo le había pedido a la Corte que rechace la demanda.

Ahora la Corte Suprema quedó en condiciones de resolver. La opinión del Procurador General no es vinculante para el máximo tribunal.
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