Se trata de una mujer de 39 años, la cual estuvo internada en el Sanatorio Cimyn.
Los aumentos que llegan en ENERO para los sanjuaninos
San JuanFoto EXCLUSIVA de Leandro López para DIARIO MÓVIL
A partir de este 2 de enero un nuevo aumento en el precio del boleto de colectivo comenzará a regir en San Juan. En esta ocasión, el incremento será del 11% y de esta manera, el boleto pasará a costar de $54 a $60.
La suba ya estaba prevista desde octubre del año pasado, cuando los empresarios y el Gobierno de San Juan acordaron el segundo aumento del 2022, debido a la asfixiante inflación en toda la Argentina.
En aquel momento, el pasaje de la Red Tulum pasó a costar de $38,48 a $54, la actualización fue del 40%. Allí se adelantaron y concretaron una suba del 11% para enero del 2023.
TODOS LOS VALORES:
- Albardón: de $75,50 a $83,90
- Pocito: de $88 a $97,75
- Angaco: de $114 a $126,67
- San Martín: de $131 a $145,56
- Caucete: de $136 a $151,12
- 9 de Julio: de $143,50 a $159,45
- Zonda: de $144 a $160
- Sarmiento: de $180 a $200
- Ullúm: de $200 a $222,24
- 25 de Mayo: de $231 a $256,68
- Boleto escolar: de $18 a $20
- Boleto docente: de $27 a $30
La luz también tendrá un incremento del 27%, que tendrá vigencia a partir de los consumos desde el 23 de enero en adelante y se verá reflejado en las facturas que reciban en abril del 2023.
El vicepresidente del EPRE, Roberto Ferrero, en diálogo con DIARIO MÓVIL, al respecto, consignó que la variación de los costos subió debido a eventos de guerra, en Europa, y también a la inflación. «Son costos que refieren solamente a la distribución de Energía en San Juan. Por ello solicitaron un incremento del 55%. Se han hecho estudios, los técnicos del EPRE han hecho estimaciones y usando recursos para la contención tarifaria, que hace que la pretención del 55% se reduzca a menos del 30%, inclusive reflejan variaciones del orden del 27%«, explicó.
Otros aumentos
NAFTA: En los últimos días de noviembre, el Gobierno cerró un acuerdo con los referentes de las principales petroleras del país –YPF, Shell, Trafigura, Axion- para establecer un techo a los aumentos que podrán aplicar entre diciembre y marzo.
Según ese acuerdo, en los primeros tres meses, las petroleras podrán subir sus precios un 4% mientras que en el tercer mes del año próximo podrán hacerlo en un 3,8%. Si bien ese es el “techo” que pueden aplicar las empresas, en diciembre se aumentó un 4%, en línea con lo pactado durante los primeros días del mes.
ALQUILERES: Entre los gastos más importantes de los usuarios, el alquiler sin dudas tiene un peso fundamental. En este sentido, para quienes firmaron un contrato el 1° de enero de 2022 y deben renovarlo el mismo día del 2023, deberán calcular el aumento por la variación del Índice para Contratos de Locación (ICL) que elabora a diario el Banco Central (BCRA) y combina el devenir de los salarios y de los precios
En la primera quincena de enero, el aumento para los inquilinos que afrontan su actualización anual bajo el Índice para Contratos de Locación (ICL) tendrán un incremento de hasta el 83,5%. En otras palabras, una persona que hoy paga $60.000 pasará a abonar $110.000. Ese es el cálculo del economista especializado en vivienda, Federico González Rouco.
PREPAGAS: Este mes se percibirá el segundo tramo del aumento previsto para la medicina prepaga. Será de 6,9%, de manera de completar el 13,8% que tenía previsto el Gobierno para diciembre.
Además, a partir del 1° de enero, las prepagas deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias “idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, un 25% menor al plan sin copagos”.
MONOTRIBUTO: Desde el 1° de enero, todos los parámetros del Monotributo, o Régimen Simplificado, deben actualizarse. Ese aumento, que se da en los montos máximos de facturación, escalas y cuotas, se rige por la ley de movilidad, la misma que para los jubilados y otras asignaciones que paga la ANSES.
Así, los topes y cuotas suben 72,6% en promedio desde la tabla vigente a principios de 2022. Pero a mediados de año se hizo una modificación por ley de “alivio fiscal” a los pequeños contribuyentes, lo que complica más los cálculos, dado que a los contribuyentes de las categorías más bajas se subió el monto máximo de facturación en 60%, mientras para otros fue inferior y la categoría más alta llegó al 29%.
Así, desde enero, de cuota mensual, se deberán abonar los siguientes montos en total:
El aumento fijado de manera anual por AFIP de los parámetros del Régimen Simplificado también alcanza a la cuota mensual que los pequeños contribuyentes deberán pagar por el impuesto integrado y los aportes previsionales y a la obra social.
En julio, se actualizó el monto de facturación, pero no las cuotas a pagar por mes. Con la actualización anual, desde enero, deberán abonar los siguientes montos en total:
- Categoría A: $5750,75, tanto los que venden bienes y como los que ofrecen servicios.
- Categoría B: $6430,38 para todos los pequeños contribuyentes de esta escala.
- Categoría C: $7351,10 para servicios y $7226,83 para la venta de productos.
- Categoría D: $9245,06 para servicios y $9040,47 los que venden productos.
- Categoría E: $12.776,61 (servicios) y $11.629,37 venta de cosas muebles
- Categoría F: $15.712,40 para los servicios y para los que venden productos, $13,856,32.
- Categoría G: $18,347,44 para servicios y $15.855,59 para los productos.
- Categoría H: para servicios (la última escala permitida) $31.347,16. Mientras, los que venden bienes, $26,743,66.
- Categoría I: La cuota mensual será de $38.464,47.
- Categoría J: Será de $44.390,28 por mes.
- Categoría K: La cuota mensual queda en $50.717,92.
Las cuotas mensuales son superiores para las categorías entre la D y la K, dado que el Presupusto 2023 determinó una fuerte alza en los montos de la obra social. Las categorías A, B y C no tendrán cambios en los aportes
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