El texto superó la votación en el Senado el pasado miércoles, pero no sin polémica hasta el último momento. La senadora socialista por Baleares Susanna Moll votó en contra, por lo que se le aplicará el reglamento por romper la disciplina de voto. Siguió los pasos de la exvicepresidenta del Gobierno Carmen Calvo, que fue multada con la máxima sanción que prevé el reglamento interno, de 600 euros, por abstenerse en la votación de esta misma ley en el Congreso, el pasado 22 de diciembre de 2022.
Autodeterminación a partir de los 16 años
- Para cambiar de sexo en el registro a partir de los 16 años no será obligatorio presentar informes médicos o psicológicos que acrediten disforia de género, ni tampoco estar en un proceso de hormonación o haberse sometido a operaciones para modificar la apariencia.
- Los menores de entre 16 y 14 años podrán cambiar su sexo en el registro siempre que acudan acompañados de sus padres o tutores legales, mientras que entre los 12 y 14 años necesitarán autorización judicial.
Este aspecto ha provocado un enfrentamiento entre los socios de gobierno. De hecho, el PSOE presentó una enmienda que proponía que los menores de 16 contaran con una autorización judicial para cambiar de sexo en el registro, aunque finalmente fue rechazada.
- Los menores de 12 años no podrán cambiar su sexo en el registro, pero sí su nombre en el DNI.
- La modificación del sexo legal se realizará en dos fases: primero se rellenará un formulario solicitando el cambio y, en un plazo de tres meses, la persona interesada comparecerá para ratificar su decisión.
- Los hombres que cambien su sexo no eludirán las condenas por violencia machista, puesto que se mantendrán las obligaciones jurídicas que cualquier persona tuviese antes de rectificar su sexo.
Fuente: 20 Minutos