La Justicia falló a favor de un índice de inflación no oficial

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Bevacqua
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Tras la causa penal impulsada por la Secretaría de Comercio respecto a la públicación de una estadísitica inflacionaria privada, el tribunal sobreseyó a Graciela Bevaqua, la ex funcionaria del Indec que sólo manifestó que las cifras oficiales no eran confiables.




 

La ex funcionaria del Indec, Graciela Bevacqua, resultó sobreseída.

La historia rememora que, a mitad de una crisis devaluatoria de su moneda y una elevada inflación, en el año 301 el emperador romano Diocleciano llegó a incluir en el Edictum De Prettis Rerum Venaluim un articulado sobre precios máximos que preveía la pena capital para los especuladores, esos bárbaros que amenazaban el imperio y a los que culpaba de la escalada de precios.

El relato no es inocente. En medio de una renovada batalla entre el kirchnerismo y la Justicia, fue incluido en los considerandos de un fallo contra el Gobierno firmado anteayer por el juez en lo penal económico Marcelo Aguinsky, que acusó al oficialismo de utilizar al derecho penal para doblegar la libertad de expresión de quienes publican índices de inflación alternativos a los que calcula el Indec.

El dictamen tiene como efecto concreto los sobreseimientos de la ex directora de Precios y primera desplazada del organismo, Graciela Bevacqua, y el profesor de la UBA, Nicolás Salvatore, en una causa penal en la que primero Guillermo Moreno y luego la Secretaría de Comercio, que dirige Augusto Costa, los acusó del delito de agiotaje y, en ese contexto, de elaborar índices de precios falsos a través del centro de estudios Buenos Aires City para "...beneficiarse ellos mismos y beneficiar con ganancias extraordinarias a algunos agentes del mercado financiero".

Cerca de Costa dijeron que están estudiando el fallo y no descartaron apelar luego de la feria judicial que comienza esta semana.

"Fueron nueve años de persecución. Gastaron mucha plata del Estado para eso", afirmó Bevacqua. "Estoy tan emocionada que me cuesta decir algo", confió la profesora rosarina de matemáticas. Se trata de la última causa que le quedaba a Bevacqua. Las dos multas por $ 500.000 que Moreno había impulsado contra la ex directora ya fueron archivadas en fueros administrativos.

En septiembre de 2012, Aguinsky, sobre la base del dictamen de la fiscal María Gabriela Ruiz Morales, ya había desestimado la denuncia que el ex secretario de Comercio Interior había iniciado un año antes. Sin embargo, gracias a una apelación, el Gobierno la mantuvo viva. "El fallo es muy contundente. Si apelan ante la Cámara, les voy a pedir costas y sanciones", amenazó Marta Nercellas, abogada de Bevacqua. "El fallo dice que Graciela no cometió ningún delito y que el Indec no es confiable. Esto sólo tuvo la intención de hacerla callar", aseguró la letrada.

"No hay dudas de que el hecho que motiva la puesta en marcha de la herramienta punitiva es la elaboración y publicación del índice de precios informado periódicamente por Buenos Aires City, lo cual habitualmente puede ser que tenga entidad para irritar a los funcionarios públicos de esa Secretaría [por Comercio], pero no irrita en modo alguno el derecho penal", afirmó Aguinsky.

Entre los argumentos del Gobierno se afirmaba que el centro de estudios de Bevacqua y Salvatore no contaba con los recursos del Indec para tener un índice confiable. "Admitir tal descalificación sería igual a sostener que los únicos sujetos autorizados para informar a la población acerca de la evolución de la inflación de la economía son los organismos estatales, lo cual, además de tener cierto efecto de acallar opiniones disonantes, amenazaría los estándares constitucionales que protegen el derecho a la información de la ciudadanía", afirmó Aguinsky. "Nadie denuncia penalmente la labor de las encuestadoras de opinión en épocas de elecciones, a pesar de que sus muestreos sean limitados", ejemplificó.

"En la hipótesis de que las informaciones que circulan en el ámbito público no cumplen con los cánones técnicos del rigor científicos -escribió Aguinsky sobre el Indec-, la experiencia histórica demuestra que esos desajustes se solucionan con más información y no con menos; que la mejor manera de resguardar el derecho a la información es fomentándola y no sometiéndola a exigencias que desaniman a sus promotores."

UNA SENTENCIA DEMOLEDORA

El magistrado sobreseyó a Bevacqua y consideró que el derecho penal no debe usarse para limitar el derecho a la información y a la expresión.

Marcelo Aguinsky-Juez en lo penal económico

"La experiencia demuestra que los desajustes -por la falta de información pública creíble- se resuelven con más información y no con menos; que la manera de resguardar el derecho a la información es fomentándola".

Fuente: La Nación

 

 
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