El Gobierno avanza en la reglamentación de la Reforma Laboral y el Régimen Penal Juvenil

El primer paso formal será la promulgación y publicación en el Boletín Oficial, tarea que está a cargo de la Secretaría de Legal y Técnica.
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Milei
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Tras la aprobación en el Congreso de la Reforma Laboral y el nuevo Régimen Penal Juvenil, el presidente Javier Milei inició la etapa de implementación de ambas normas, un proceso que incluirá promulgación, reglamentación y definición de plazos específicos antes de su plena entrada en vigencia.

El primer paso formal será la promulgación y publicación en el Boletín Oficial, tarea que está a cargo de la Secretaría de Legal y Técnica. A partir de allí comenzarán a correr los tiempos previstos en cada ley, aunque no todos los artículos se aplicarán de manera inmediata.

En términos generales, la Reforma Laboral entrará en vigor tras su publicación oficial. No obstante, varios capítulos establecen fechas diferidas o requieren reglamentación.

Uno de los puntos centrales es la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a financiar indemnizaciones por despido sin causa mediante aportes mensuales de los empleadores. Este esquema comenzará a regir el 1° de junio de 2026, con la posibilidad de prórroga por hasta seis meses por decisión del Poder Ejecutivo.

El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que contempla beneficios impositivos para empleadores que regularicen trabajadores no registrados o incorporen determinados perfiles, tendrá vigencia por un año desde el segundo mes posterior a la entrada en vigor de la ley.

Por su parte, el plan de Promoción del Empleo Registrado (PER) otorgará un plazo de 180 días corridos para regularizar relaciones laborales, contados desde la reglamentación específica del capítulo correspondiente.

El Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) aplicará para proyectos productivos realizados durante los primeros dos años desde la publicación de la norma.

Además, se establecieron fechas para la derogación de distintas leyes laborales y sectoriales, entre ellas el Estatuto del Periodista, el régimen de Teletrabajo y regulaciones de Viajantes de Comercio, que perderán vigencia el 1° de enero de 2027. En tanto, algunos artículos vinculados a las leyes de Cine y de Servicios de Comunicación Audiovisual dejarán de regir a partir del 1° de enero de 2028.

El nuevo Régimen Penal Juvenil introduce como cambio principal la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. El marco legal comenzará a regir a los 180 días de su publicación, aunque su implementación efectiva dependerá de aspectos operativos y presupuestarios.

La norma prevé la adecuación de legislaciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo que requerirá adhesiones y reformas procesales en cada jurisdicción. En paralelo, será necesario avanzar en la creación o adecuación de institutos especializados y en la conformación de equipos interdisciplinarios para intervenir en los casos.

El financiamiento también constituye un punto clave. El Ministerio de Economía, encabezado por Luis Caputo, deberá aprobar y transferir los fondos previstos para el funcionamiento del sistema durante su primer ejercicio.

Finalmente, el Poder Ejecutivo deberá designar una autoridad de aplicación y dictar la reglamentación correspondiente. La ley contempla además la posibilidad de celebrar convenios entre la Nación y las provincias para garantizar el cumplimiento de los estándares previstos, lo que abre una etapa de negociaciones interjurisdiccionales antes de su puesta en marcha plena.

 
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